Pércival advierte no cederá a presiones; dice no tiene miedo ni pánico

Vida
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Respuesta jurídica correcta del General Percival a dos Ex-ministro FFAA

Por Rafael Percival

En este preciso momento, cuando el país más necesita

Pércival Peña de las acciones valientes y decididas de sus mejores hombres, nosotros hemos adoptado una posición de decoro, y de dignidad frente al atropello y el abuso contra la clase militar demandando el respeto a la Constitución que es nuestra carta Magna,y que como militar nos obliga a obedecerla y cumplirla con la fortaleza del código de honor militar y la ética.

No hay ningún pánico y ni miedo en mi actitud.

Lo que sí hay es entereza y fortaleza espiritual.
Y no voy a ceder a pesar de las presiones de los sectores retardatarios conservadores del país.


Como postuló el líder reformador Martin Luther King:

“QUIEN ACEPTA EL MAL SIN PROTESTAR ESTA COOPERANDO CON EL”.


En esta acción sin precedente histórico, he demandado al Poder Ejecutivo con todo el respeto que merece el poder legalmente constituido, por violar nuestro derechos de ciudadano.

El tiempo del "Concho Primo" Presidencial es cosa del pasado y está enterrado.

Y el temor del militar a callar llego a su fin, las secuelas de abusos es cosas del pasado .

El cuatro de mayo 1965 surgió de las mismas entrañas de este pueblo un guardia que frenó en seco la huestes criminal golpistas trujillistas que gravitaron por largos años y el descarado de un abuso de intervención de nuestro suelo.

Distinguidos Ex Ministros, al ser retirado de manera ilegal, en violación a la Ley Orgánica del militar y la Nueva Constitución columna vertebral de nuestra democracia que tanta sangre y lágrimas nos ha costado a todos los dominicanos, los héroes Trinitarios de 1945, 1955, Manolo en las Manaclas 1963, Fernandez Domínguez 1965, Francis en Tireo en 1973 son partes del ejemplo de nuestra sangre derramada para abonar la sangre y disfrutar de un poco de libertad bien ganada de este Heróico pueblo.

Señores Ex ministros, no tengo que acudir a ningún estamento militar porque el procedimiento está bien claro e instituido en el procedimiento jurídico de nuestro “Estado de Derecho”, y mucho menos besar el látigo de mi verdugo, porque el decoro y la dignidad de nuestros antepasados lo definieron en diferentes epopeyas de nuestra historia.

Los hombres que hemos vivido de pie, nunca de rodillas y sin doblar la cervizes el principio ante cualquier cosa mundana de este mundo.

Tampoco puede postergarse y mucho menos negociarse ante puertas cerradas, de espalda al sol y de cara al olvido en viles contubernio de aposento.

“Esta acción sin precedente busca y persigue la tutela efectiva del derecho adquirido de este humilde General de la Republica Rafael Percival Peña (R) e inherentes a su persona humana y a sus derechos fundamentales de carácter universal, reconocidos y garantizados por la Constitución, lo que ocurre en la especie, ya que la litis fue introducida ante el Tribunal correspondiente por el acto violatorio, proveniente de la vulneración de la lesión de un derecho fundamental inherente a la persona humana y por ende regulado por la Constitución de nuestro país,y el derecho fundamental a la igualdad en su artículo 39 de la Constitución: Todas las personas son iguales ante la ley, reciben la misma protección y tratos de las instituciones, autoridades y no debe ver privilegios, que tienda a quebrar la igualdad de los dominicanos y dominicanas, ninguna entidad puede dar títulos de nobleza ni hereditarias, y que el estado debe proveer condiciones jurídicas para la igualdad y la discriminación acto instituido en la carta magna de la República en su artículo 253 sobre las FF.AA.

Y que el derecho adquirido perseguido por el entonces reclamante General Rafael Percival Peña (R) es inherente a la persona humana provenía de su condición de ser humano.

Y que como miembro de la institución armada, entidad oficial regulada por sus propia ley y la Constitución que especifica claramente que no debe ver discriminación en ella en su artículo 253, que prevén la forma de ingreso y de separación, acenso y retiro de sus miembros sin discriminación alguna y que todos sus miembros deben ser tratados con igualdad y ellas se rigen por la Constitución, por lo que cualquier controversia que se genere por la separación de uno de sus miembros, como ocurrió en la especie, debió ser solucionada por el procedimiento ordinario instituido por la ley a esos fines lo cual no se hizo y mucho menos se llevó a cabo, Por lo tanto, no debo acudir a ningún estamento militar

¡SI YO ME RESPETO!

lo cual es visible la violación de mis derechos en todos sus aspecto.

La vulneración, y la lesión de un derecho fundamental es inherente a la persona humana como es la igualdad”.

Establecida como derecho fundamental en nuestra Carta Magna en su artículo 37, 38,39: Derechos a la vida, derecho a la dignidad humana, y derecho a la igualdad y por ende regulado por nuestra Constitución.

Por lo tanto, señores Ex ministros son derechos instituidos en nuestra Carta Magna amparados en la ley 437-06 del recurso de amparo. Que en adicción a todo lo ante expuesto el artículo 8 de nuestra Columna vertebral la Carta Magna en la función esencial del Estado en su artículo 8 consagra: “Es función del estado, la protección efectiva de los derechos de la personas, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas”.

La Carta Magna es la espina dorsal de la institución del estado que es la ley de leyes.

La Constitución en su artículo 6 estipula bien claro. Incluyendo al jefe del estado que debe respetarla y cumplirla, dice: “Todas las personas y órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, normas supremas y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado”.

“A todas luces se ve el objeto traslúcido en el aparataje de la injusticia cometida en contra de nosotros. Demostrada con pruebas fehacientes e irrefutables, fuera de toda duda en el curso del acta introductoria y las pruebas tangibles físicas de hojas de servicios y récord”.

La acción persigue la tutela efectiva del derecho adquirido por Percival.

Se puede yerrar una vez en la vida, pero no se puede yerrar todo los días en esta vida Señores Ex ministro de las FF.AA.

Constancia profundidad, y fe es lo que se ha de tener ,porque se puede vencer a pesar de estar vencido mi queridos Ex-ministros.

Voy a dejar escuchar mi voz y a todo pulmón,desde lo más profundo de un Océano oscuro en los Tribunales en favor de todos militares y de la sociedad en sentido general.

Alguien tiene que levantarse y llamar la atención sobre el rumbo que está siguiendo nuestro país historiadores Ex ministros.

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