Cura párroco envió carta a jueza intercediendo por Sobeida

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En el expediente que conoció la jueza del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Rosanna Vásquez Febrillet, quien le otorgó la libertad bajo fianza a Sobeida Félix Morel, reposa una carta de un cura párroco en la cual este solicita a dicha jueza dejar en libertad a la imputada, debido a que argumenta que Félix Morel es una persona conocida en el lugar y que ha tenido un comportamiento apegado a la fe.

También la junta de vecinos del sector donde residía avaló la buena conducta de la imputada mediante la emisión de un documento que reposa anexo al expediente.

Según relatan compañeros del tren judicial, la jueza no ha parado de llorar desde que supo la noticia sobre la desaparición de Sobeida y muchos han comentado que la magistrada ha rebajado significativamente desde el momento hasta hoy .

Rosanna Vázquez, quien está en estado de embarazo ha presentado en los últimos días problemas de salud, debido a la carga emocional que ha representado para ella esta situación, dijo un informante relacionado a su familia.

Este medio consultó algunos jueces sobre la opinión que les merece la magistrada Rosanna Vásquez y todos coincidieron con que era una juez que había siempre mostrado una conducta vertical, apegada a la ley y expresaron que creen que ella fue sorprendida en su buena fe.

Al ser cuestionados sobre si creen que la SCJ la suspenderá dijeron que entienden que no, ya que la magistrada argumentó en el dispositivo su dictamen el cual está basado en el nuevo código procesal penal.

Expresaron además que si la SCJ no suspendió al juez Franny González Castillo, cuestionado por variar la prisión preventiva por libertad bajo fianza a un presunto traficante, Juez que no expuso en el dispositivo argumentos de peso para tomar dicha decisión, es muy difícil que suspenda a la jueza Rosanna Vásquez.

La jueza que está siendo investigada por la Suprema Corte de Justicia, dijo que está arrepentida por haber modificado la medida de coerción para darle la fianza a la imputada, pero que durante la audiencia Félix Morel probó que tenía arraigo al presentar una certificación de matrimonio con Eddy Brito.

Manifestó que evidenció ser miembro de una familia organizada, que argumentó que necesita brindarles atenciones a sus dos hijos y que su padre tenía una enfermedad terminal.

Rosanna Vázquez argumentó que su decisión fue motivada además , porque el expediente presentado por la Fiscalía contra Sobeida no era por tráfico de drogas si no por lavado de activo y que en base a las normas contempladas en el Código Procesal Penal y lo que predica la Escuela Nacional de la Judicatura la prisión es la excepción y lo normal es que las personas permanezcan en libertad hasta que termine el

Dijo que siente preocupación por la percepción que se puedan formar sus dos hijos y su familia.
Se recuerda que ayer el Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) informó que ordenó una investigación a la jueza del Séptimo Juzgado de la Instrucción, Rosanna Vázquez, sobre las circunstancias en que ella dispuso la medida coerción a Sobeida Félix Morel, quien está vinculada al decomiso de 4.6 millones de dólares en una yipeta.

El alto tribunal expresó que la comisión nombrada el 29 de octubre por el Pleno de la SCJ, está encabezada por el presidente del máximo tribunal de justicia, doctor Jorge Subero Isa e integrada por los jueces de la Cámara Penal de dicho organismo, y rendirá el informe al Pleno del máximo tribunal de justicia.

La SCJ explicó que está a la espera de las conclusiones, referente al interrogatorio practicado el pasado 6 de noviembre.

Entre los casos que ha trabajado la jueza Rosanna Vásquez Febrillet, en la fase de instrucción, están el descargo de los 34 oficiales de la Policía Nacional (PN), incluyendo al ex jefe de la institución, Jaime Marte Martínez, acusados de prevaricación en la administración de varios vehículos que habían sido robados a sus propietarios.

Esa decisión fue confirmada por la Corte Penal presidida por la magistrada Miriam Germán.
Además su decisión contra los 35 regidores implicados en tráfico de personas hacia Europa con pasaportes oficiales, entre ellos el ex subsecretario de la Liga Municipal Dominicana (LMD), Amaury Guzmán, y el subdirector de la Dirección General de Migración, Víctor Soto.

La magistrada Vásquez Febrillet envió a juicio criminal a los implicados en el fraude en el departamento de Pensionados y Jubilaciones de la Secretaría de Estado de Hacienda (antigua Finanzas).

Igualmente, envió al tribunal criminal y condenado de manera definitiva al ex presidente del Banco del Progreso, Pedro Castillo, acusado de lavados de activo por el Consejo Directivo de esa institución bancaria.

En el año 2008, la jueza dictó apertura a juicio criminal contra seis de ocho familiares del ex capitán del Ejército, Quirino Ernesto Paulino, acusados de lavado de activos proveniente de las operaciones de narcotráfico.

Resolución No. 875-2009 emitida por la jueza en el caso de Sobeida Félix Morel

“Primero: Declara buena y válida en cuanto a la forma la solicitud de revisión de medida de coerción presentada a favor de SOBEIDA FELIX MOREL, por mediación de sus abogados los LICDOS. CARLOS OLIVARES LUCIANO y FELIX HUMBERTO PORTES, por haber sido presentada de conformidad con la ley;

Segundo: En cuanto al fondo, ACOGE la solicitud de la defensa de la ciudadana SOBEIDA FELIX MOREL, en atención a que quedó establecido que la misma cuenta con arraigo familiar, al poseer un núcleo familiar propio, compuesto por dos niños, ambos menores de diez años, inscrito en básica y preescolar en colegios ubicados en el territorio nacional; y un núcleo del cual deriva, y con el cual mantiene vínculos, demostrando el estado de enfermedad de la madre; domicilio estable, en el incluso fue arrestada, y domicilio al cual acudir tras obtener su libertad, referente a la residencia fundada con la pareja con la cual mantiene un vinculo legal, padre de sus hijos, y quien, según se evidenció en la vista, se encuentra igualmente involucrado en el hecho en cuestión y fue favorecido con la imposición de una garantía económica como medida de coerción, tras ser solicitada en esa modalidad por la fiscalía del Distrito Nacional; amén de haber considerado la promesa ofrecida por la imputada, quien en su derecho a declarar garantizó al tribunal su intención se presentarse cuantas veces sea llamada, y su necesidad de dar seguimiento y afecto a sus hijos; demostrando igualmente contar con un documento de identidad, que le hace ser una ciudadana registrada en debida forma; que no cuenta con pasaporte por haber sido entregado, al igual que su cédula, la cual se encuentra en poder del persecutor público; y de que su identificación como ciudadana no ha sufrido dualidades de nombre, apodos o alias, lo que imposibilitaría su localización.

Tercero: VARIA la medida de coerción impuesta a la ciudadana SOBEIDA FELIX MOREL, mediante Res. No. 670-09-3871, de fecha 06 de septiembre del año en curso, por la Jurisdicción de Atención Permanente del Distrito Nacional, consistente en prisión preventiva, por aquellas previstas en los numerales 1, 2 y 4 del artículo 226 del Código Procesal Penal, consistente en: a) Una garantía económica ascendente a la suma de cinco millones de pesos (RD$5,000,000.00), en modalidad de contrato con una compañía aseguradora destinada a tales fines legalmente establecida en la República Dominicana; b) Prohibición de salir del país, sin autorización judicial; y c) La obligación de presentarse semanalmente, ante el LIC. RICARDO PEREZ STERLING, Procurador Fiscal Adjunto a cargo de la presente investigación.

Cuarto: ORDENA la inmediata puesta en libertad de la ciudadana FELIX MOREL, a no ser estén guardando prisión por otra causa, tan pronto como cumpla con la garantía económica impuesta.
QUINTO: ORDENA a la secretaria de este tribunal, comunicar la presente decisión, a la Dirección General de Migración, a los fines de que se interponga el correspondiente impedimento de salida del país. SEXTO: DEJA SIN EFECTO, la revisión obligatoria fijada para el día 03 de diciembre del año 2009, en atención a lo dispuesto en el artículo 239 del Código Procesal Penal.”

Autor: Francisca del Rosario

Fuente: Nuevodiario.com.do

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